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13-mar-2019Bejar (reg. Nº 315 y causa Nº 7324)A través de una denuncia anónima se informó que un hombre vendía sustancia estupefaciente. Por tal razón se dispusieron diversas tareas de investigación que permitieron constatar que era consumidor de marihuana. Además, surgió que su proveedor era Bejar, quien también ofrecía estupefacientes a otras personas. Sobre esa base, el juzgado libró una orden para allanar su domicilio. En el procedimiento se secuestraron siete plantas de marihuana. Por ese hecho, Bejar fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (cfr. art. 5, inc. c, de la ley N° 23.737). Al momento de prestar declaración indagatoria, sostuvo que cultivaba marihuana para consumo personal. El juzgado consideró que no existía prueba que desacreditara la versión brindada por el imputado. En ese sentido, señaló que la conducta podía ser encuadrada bajo la figura del artículo 5, inciso a), anteúltimo párrafo, de la ley Nº 23.737. Además, indicó que, en el caso, la tenencia de las plantas no producía ningún tipo de daño a terceros. Sobre la base de dichas consideraciones, declaró la inconstitucionalidad de dicha norma en los términos del precedente “Arriola” de la CSJN y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la resolución. Entonces, la fiscalía interpuso un recurso de casación.
30-jul-2018ADL (causa Nº 1251)La Sección de Controles Especiales de la Dirección General de Aduanas incautó tres sobres blancos que contenían anfetamina. En esos sobres se había consignado como destinatario a ADL. Por este motivo, se dispuso el allanamiento de su domicilio, en donde se encontraron distintas sustancias estupefacientes y una balanza. ADL fue imputado por los delitos de contrabando y tenencia de estupefacientes, ambos con fines de comercialización. Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado manifestó que había comprado la anfetamina –así como el resto de las sustancias encontradas en su domicilio– para su uso personal y que en ningún momento había intentado comercializarla. Sin embargo, el juez de instrucción dispuso su procesamiento por no haber acreditado la finalidad de consumo personal. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara en lo Penal Económico dispuso la falta de mérito por considerar que la explicación del imputado resultaba verosímil. Posteriormente, la defensa presentó un informe elaborado por el Cuerpo de Peritos de la Defensoría General de la Nación que concluía que ADL padecía un tipo de trastorno del espectro autista llamado Síndrome de Asperger, que –en este caso– tenía directa relación con el consumo de estupefacientes. En consecuencia, solicitó el sobreseimiento de su asistido. A partir de esto, el juez ordenó al Cuerpo Médico Forense la confección de un informe psicológico y psiquiátrico que, finalmente, coincidió con las conclusiones del Cuerpo de Peritos de la DGN. Entonces, la defensa reiteró el pedido de sobreseimiento en los términos del artículo 34, inciso 1º, del Código Penal.
2-feb-2018BCM (causa Nº 10853)En el marco de una causa en la que se investigaba un robo, se ordenaron cinco allanamientos con el fin de buscar los elementos sustraídos. En uno de los domicilios se encontraron dos bolsas de marihuana con un peso de 204,79 gramos. Por ese motivo, el hombre que vivía allí fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal, en los términos del artículo 14, segundo párrafo, de la ley N° 23.737. En oportunidad de prestar de declaración indagatoria, el imputado indicó que poseía problemas psicológicos y que consumía marihuana para su estabilización. En tal sentido, aportó un certificado médico confeccionado por su psiquiatra. El juzgado declaró la inconstitucionalidad de la figura y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la resolución, lo que motivó la interposición de un recurso de casación.
17-nov-2017ADL (causa Nº 1251) pLa Sección de Controles Especiales de la Dirección General de Aduanas incautó tres sobres blancos que contenían anfetamina. En esos sobres se había consignado como destinatario a ADL. Por este motivo, se dispuso el allanamiento de su domicilio, en donde se encontraron distintas sustancias estupefacientes y una balanza. ADL fue imputado por los delitos de contrabando y tenencia de estupefacientes, ambos con fines de comercialización. Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado manifestó que había comprado la anfetamina –así como el resto de las sustancias encontradas en su domicilio– para su uso personal y que en ningún momento había intentado comercializarla. Sin embargo, el juez de instrucción dispuso su procesamiento por no haber acreditado la finalidad de consumo personal. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.